Próximamente… La relación no añade nada real a la cosa

El primer motivo de duda puede ser que la relación en cuanto tal no pone nada real en la cosa que se denomina relacionada; luego no puede constituir un género real de ente. La consecuencia es manifiesta, porque el
género real se funda en un ente real que exista o ponga algo en la naturaleza;
pero la relación, tal como se atribuye a las cosas creadas (pues en este sentido
tratamos ahora de ella) no puede ser algo real en la realidad si no pone algo
real en la cosa misma relacionada, porque ni pone nada en el término, como es
evidente de suyo —aunque quizá lo suponga, de lo cual trataremos después—, ni permanece en sí misma, puesto que no es una sustancia; luego, si no pone nada
en la cosa misma relacionada, no es en absoluto nada real. Se prueba el antecedente, en primer lugar, porque el “en orden a”, en cuanto “en orden a” (el “ad
ut ad”), no expresa una razón real, ya porque conviene unívocamente y según toda su propiedad a las relaciones de razón, ya también porque “en orden a”, en cuanto “en orden a”, prescinde del ser-en (“esse in”); luego como tal no pone nada real en ninguna cosa. De otro modo incluiría, según su razón propia y última, el estar-en, lo cual es contradictorio; luego la relación no pone nada real en la cosa a la que relaciona. La consecuencia es clara, porque la relación en cuanto tal no dice otra cosa que “ser en orden a”; pues dice Aristóteles que son relativas aquellas cosas cuyo ser total consiste en referirse a otro. (Suárez, F., 1964, Disputaciones Metafísicas. Tomo VI, XLVII, I, 1, p. 636).

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ISSN 2605-3489

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